La solución brinda al usuario la transparencia de saber si está cumpliendo o no con el Código de Red mediante un gabinete preconfigurado de medición que le brindará información en tiempo real de manera paralela al medidos de CFE. De esta manera se podrán monitorear los incumplimientos del Código de Red en caso de presentarse, y recomendar al usuario las medidas necesarias para cumplir, incluyendo apoyo para el dimensionamiento de equipos de compensación.
El monitoreo continuo brindara al usuario mayores beneficios, como identificar oportunidades para ahorrar energía, minimizar costos aplicando mantenimiento predictivo, y mitigar riesgos.
Se almacenan de forma unificada los datos y los informes en un solo repositorio, con acceso instantáneo desde la plataforma del usuario.
Habilitamos la posibilidad de planear y automatizar algunas funciones para reducir la intervención del usuario.
La plataforma está diseñada para crecer hacia los modelos energéticos del futuro, incorporando eficiencia energética, respuesta a la demanda y gestión de autoconsumos, vehículos eléctricos y mercados distribuidos.
Cumplimos los más altos estándares de seguridad que protegen la información de nuestros clientes garantizando su confidencialidad en todo momento.
Ofrecemos Dashboards de información de negocio customizable y empleamos algoritmos de Machine Learning.
Proporcionamos una herramienta de alta versatilidad para que los usuarios puedan realizar una completa gestión energética de sus instalaciones y procesos en forma intuitiva.
El Código de Red (CdR) establece los criterios de eficiencia, calidad, confibialidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Esta normativa entró en vigor de forma obligatoria a partir del 9 de abril de 2019 y debe ser entendido como el documento que establece los requerimientos técnicos mínimos que los integrantes de la industria eléctrica están obligados a cumplir con relación a las actividades de planeación y operación del SEn, así como establecer las reglas para la medición, el control, el acceso y uso de la infraestructura eléctrica.
El Código de Red es de cumplimiento obligatorio para los integrantes de la industria eléctrica y corresponde a la CRE su interpretación y vigilancia.
Los integrantes de la Industria Eléctrica que dejen de observar, de manera grave a juicio de la CRE, las disposiciones establecidas en el Código de Red, se sujetarán a las sanciones establecidas en el articulo 165, fracción I, inciso k), y fracción II, inciso c) de la LIE. Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley, sus Reglamentos o disposiciones emanadas de la se sancionarán de conformidad con lo siguiente:
Con multa del dos al diez por ciento de los ingresos brutos percibidos en el año anterior po: k) Dejar de observar, de manera grave a juicio de la CRE, las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (Código de Red);
Con multa de cincuenta mil($4’418,000.0 MXN) a doscientos mil ($17’672,000.00 MXN) salarios minimos por: c) Incumplir las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (código de Red);
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– Farmacéutica